Mercosur y Transporte Marítimo
SEMARBRA-SBA ha publicado las presentaciones que se indican a continuación, las que dan cuenta del tratamiento que el servicio de transporte por agua ha tenido en el ámbito del MERCOSUR.
A lo largo de su vida institucional SEMARBRA ha seguido de cerca las diferentes etapas transitadas en pos de la integración del comercio de bienes y de servicios de la región. En el año 1991 la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay llegaron a la conclusión que la ampliación de sus mercados nacionales, a través de la integración, constituye condición fundamental para acelerar sus procesos de desarrollo económico con justicia social y en función de ello decidieron integrar un Mercado Común denominado “Mercado Común del Sur “ (MERCOSUR), suscribiendo a esos efectos el Tratado de Asunción. El tratado de Asunción es considerado como un nuevo avance en el esfuerzo tendiente al desarrollo en forma progresiva de la integración de América Latina, conforme al objetivo del Tratado de Montevideo de 1980 de la ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración).
Tiempo después, en el año 1998, se dio otro paso trascendental en el proceso de integración, esta vez en cuanto al comercio de los servicios, suscribiéndose el “Protocolo sobre el Comercio de Servicios del Mercosur”, denominado Protocolo de Montevideo. El Protocolo de Montevideo entró en vigencia el 7 de diciembre del año 2005 y tiene por objetivo alcanzar como máximo dentro de los diez años de su entrada en vigor, es decir a más tardar el 7 de diciembre del año 2015, la libre circulación intra – Mercosur de la prestación de los servicios del territorio de un Estado Parte al territorio de cualquier otro Estado Parte. SEMARBRA, como integrante del sector privado, participa de las reuniones de trabajo donde se define el futuro acuerdo de transporte multilateral, que hará realidad la libre circulación del servicio del transporte marítimo en el mercado ampliado del Mercosur.
A nivel internacional se ha revalorizado el rol que ocupa el comercio de servicios en la economía de los países y en los bloques económicos se definen políticas comunitarias que los comprenden particularmente. A partir de todo ello y con el ánimo de contribuir a la divulgación del marco jurídico que define la política del Mercosur respecto del comercio de servicios, especialmente la referida al servicio del transporte por agua, SEMARBRA se planteó entre sus proyectos para el año 2009, la publicación de las principales normas en esta materia. Así llegamos a este primer compilado que le permitirá al lector introducirse de lleno en el proceso de integración definido en el Tratado de Asunción, considerar el Protocolo de Montevideo y llegar a conocer los compromisos asumidos por cada uno de los Estados Parte, como resultado de la sexta ronda de negociación de compromisos específicos para la integración del transporte por agua del Mercosur.
Las nuevas reglas de juego darán lugar a un mercado mayor que el propio, abarcando al Mercosur en su conjunto, donde el objetivo primordial es eliminar las restricciones al “acceso al mercado” y al “trato nacional” para cumplir una de las máximas del proceso de la integración: “la libre circulación intrazona de los servicios.”
A través de la presente publicación podrán acceder a la evolución de la última década en el camino que vienen recorriendo los Estados Parte del Mercosur para cumplir con el Programa de Liberalización del Comercio de Servicios, establecido en el Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de Servicios, que abarca desde la creación en el año 1998 del Grupo de Servicios, como órgano auxiliar del Grupo Mercado Común en materia de servicios, hasta la aprobación en el año 2008 del Plan de Acción para la Profundización del Programa de Liberalización del Comercio de Servicios en el ámbito del MERCOSUR, ratificando así la política comunitaria en esta materia.
Asimismo podrán encontrar los avances que se registran en cuanto a la VII Ronda de Negociación del Programa de Liberalización del Comercio de Servicios, que debería estar concluido a más tardar el 7 de diciembre de 2015, es decir apenas dentro de 6 años. Por último consideramos de interés incluir las declaraciones que la Sede Buenos Aires de SEMARBRA ha propiciado a lo largo de los últimos años ante el Subgrupo de Trabajo Nº 5 de Transportes del Mercosur, ámbito natural donde se define el futuro acuerdo de transporte marítimo multilateral del mercado común del sur, a través del cual se plasmará la libre circulación del servicio de transporte marítimo intrazona; cumpliéndose así con una de las máximas del Mercosur: “la integración del servicio del transporte por agua”.